lunes, 22 de octubre de 2012

22 de octubre: Día Nacional del Derecho a la Identidad


El 22 de octubre fue declarado en nuestro país el Día Nacional del Derecho a la Identidad en reconocimiento al trabajo de Abuelas de Plaza de Mayo en la recuperación de la identidad de los chicos y chicas apropiados durante la última dictadura militar.



"El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y una nacionalidad" (Declaración de los Derechos de los Niños y Adolescentes). la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989, como el cuerpo legal que reconoce y tutela el núcleo de los derechos más importantes reconocidos a la infancia, rectorados por el principio del interés superior del menor.

Este importante documento internacional reconoce  en sus artículos 7 y 8 “el derecho a la identidad personal” de los menores de edad con el carácter de fundamental e inalienable.

El Derecho a la Identidad es el derecho que tiene toda persona de conocer sus orígenes, a tener un nombre y una identidad única, y ejercer los derechos y obligaciones en el Estado que le corresponda como tal.
Consiste en una condición para garantizar que los habitantes de un país puedan ser considerados ciudadanos libres, es decir, sujetos de derechos y obligaciones
De esta forma el “Derecho a la Identidad” se convirtió en uno de los principales “Derechos Humanos”.

Los derechos humanos son derechos universales, indivisibles, integrales, interdependientes, complementarios, irrenunciables, imprescriptibles, inalienables, inviolables, progresivos y acumulativos.
Los derechos humanos son universales, están relacionados entre sí, y en su conjunto forman parte de un sistema armónico que garantiza y protege la vida digna, libre y autónoma de la persona humana.
Todos los derechos humanos son igualmente importantes, por ello, no se pueden establecer jerarquías entre ellos.
La negación de un derecho pone en peligro el ejercicio de los otros derechos, por ello el ejercicio de un derecho no puede hacerse en perjuicio de algún otro.
Todos los derechos humanos le pertenecen a todas las personas, sin distinción alguna, en todo momento y lugar donde se encuentre.
Por lo tanto el derecho a la identidad es "un conjunto de atributos, de calidades, tanto de carácter biológico como los referidos a la personalidad que permiten precisamente la individualización de un sujeto en sociedad"; a partir de ello, establece que los derechos humanos fundamentales son inherentes a la naturaleza humana y cataloga al derecho a la identidad del menor como un interés jurídico superior que prevalece sobre los intereses jurídicos de otros -que pueden ser los padres, terceros o el Estado-.
Esa superioridad fue instituida justamente en favor del desarrollo de la personalidad y protección a la dignidad del menor como ser humano. 
Fuente Juventud e Identidad. III Congreso Internacional. Tomo II